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LEY ORGÁNICA 12/1995, de 12 de diciembre, de Represión del contrabando. (BOE 13
Diciembre)
Esta Ley
tipifica como contrabando las operaciones realizadas con especimenes de la fauna
y flora silvestres al tratarse de un comercio prohibido en ciertos casos, y en
aplicación del Convenio de Washington de 3 de marzo de 1973.
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